De los 15 penitenciarios que habían sido detenidos por la investigación sobre presuntas torturas y abusos sexuales en la Unidad 51 de Magdalena, once continuarán privados de su libertad bajo prisión preventiva. La Justicia consideró que existen elementos suficientes para mantenerlos vinculados al expediente, aunque todavía resta determinar qué responsabilidad tuvo cada uno en los hechos denunciados.
La decisión fue adoptada por el juez de Garantías Juan Pablo Masi, quien el 28 de septiembre también rechazó los planteos de nulidad formulados por las defensas. La causa investiga un procedimiento realizado el 3 de junio, después de un enfrentamiento entre internas dentro del penal bonaerense.
La pesquisa judicial reúne testimonios de mujeres alojadas en la unidad, documentación relacionada con aquel operativo, registros audiovisuales y constancias sobre lesiones. Con ese material, la acusación sostiene provisoriamente que durante la intervención pudieron haberse cometido delitos de torturas, abusos sexuales agravados e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Quiénes quedaron bajo prisión preventiva
La medida alcanzó a Daiana Belén Balmaceda, María Belén Toledo, Daiana Ayelén Villafañe, Antonela Belén Cingolani, Agustina Ailén Orona, Florencia Anahí Ortiz, Raquel Noemí Boccardo, Gisela Mailín Iguarán, Carlos Miguel Tocci, Miguel Ángel Eduardo Villota y Lucas Germán Dama.
El escenario fue diferente para otros cuatro acusados. El fiscal Álvaro Garganta desistió de solicitar la prisión preventiva de Juan Antonio Juanena, Carlos Alberto Salice, Juan Manuel Villena y Facundo Sebastián Medina, quienes recuperaron la libertad.
La resolución no coloca a los once agentes en idéntica situación procesal. El juez hizo una diferenciación de acuerdo con los elementos reunidos contra cada uno y los distintos grados de intervención que surgen del expediente.
La defensa cuestionó la investigación
Uno de los planteos centrales de los abogados fue la validez de parte de la prueba incorporada al expediente. Las defensas cuestionaron, entre otros puntos, que los elementos reunidos permitieran establecer con precisión cuál habría sido la conducta de cada agente.
Masi rechazó las nulidades y sostuvo que los imputados conocían las acusaciones formuladas en su contra, habían podido acceder al expediente y contaban con la posibilidad de solicitar medidas de prueba.
La prisión preventiva tampoco significa que los once deban permanecer necesariamente en una cárcel. El magistrado habilitó que la medida sea cumplida mediante arresto domiciliario y monitoreo electrónico, aunque antes deberán ser evaluados y aprobados los domicilios propuestos por los acusados.
Hasta que ese procedimiento concluya, continuarán alojados en sus actuales lugares de detención.
La causa IPP 06-00-029771-26/00 todavía se encuentra en etapa de investigación. La Justicia deberá profundizar ahora la reconstrucción de lo ocurrido aquel 3 de junio y, especialmente, precisar qué participación concreta habría tenido cada uno de los penitenciarios que permanecen sometidos a prisión preventiva.


