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domingo 23 de agosto de 2026
CASO DAIANA ABREGÚ

Muerte en Laprida: cuestionan la liberación de los policías

Seegio Roldán, abogado de la familia de Daiana Abregú, y la CPM cuestionaron el procedimiento que determinó la liberación de los policías de Laprida

Un ateneo de peritos determinó que Daiana Abregú, la joven que el 5 de junio fue detenida y trasladada a la comisaría de la localidad bonaerense de Laprida, falleció con una mecánica compatible con un suicidio, por lo que los cinco policías que permanecían detenidos por el caso, recuperaron su libertad.

Se trata de un informe criminalístico forense completo que determinó que no se halló ADN de otras personas en las muestras analizadas del cuerpo ni en la campera que le causó la muerte a la joven, ante lo cual, el fiscal de Azul, José Ignacio Calonje, descarta la hipótesis del homicidio agravado, delito por el que imputó a los efectivos que, de todos modos, seguirán bajo investigación.

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Daiana había ingresado a la comisaría de Laprida cerca de las 7 de la mañana del domingo 5 de junio, tras ser detenida por generar disturbios en la calle.

La oficial Vanesa Núñez (34) fue la primera en ver a Daiana sin vida. Según declaró ante la Justicia, la joven estaba “colgada con su campera y que intentó reanimarla durante quince minutos hasta que llegó la ambulancia”. También admitió haber falseado su firma en el acta de procedimiento.

Hasta ahora, la causa estaba caratulada como “homicidio doblemente agravado por su comisión con alevosía y por tratarse de miembros de la fuerza de seguridad policial en abuso de sus funciones”, aunque se prevé que con este nuevo giro cambie la calificación.

La detención de los policías se había basado en los resultados de la segunda autopsia realizada. La primera había determinado que Daiana tenía una marca de ahorcadura en el cuello. En cambio, la segunda indicó que esa evidencia no se halló y que la joven de 26 años habría muerto por asfixia, lo que hizo presumir que podía haber sido asesinada.

Mientras, la familia de Abregú, representada como particular damnificada en la causa por el abogado Sergio Roldán, está convencida de que Daiana fue asfixiada por efectivos cuando estaba detenida en la comisaría por estar ebria en la vía pública; los cinco imputados aseguraron que se ahorcó con su propia campera atada a una reja.

No obstante, los sospechosos estuvieron presos casi un mes en las comisarías de Azul y Olavarría, acusados de “homicidio doblemente agravado por su comisión con alevosía y por tratarse de miembros de la fuerza de seguridad policial en abuso de sus funciones”. Si bien en un primer momento la Justicia rechazó el 8 de agosto el pedido de excarcelación presentado por sus defensas, con este último informe, el juezCarlos Villamarín dictaminó la excarcelación de Vanesa Núñez, Adrian Núñez, Leandro Fuhr, Juliana Zelaya y Pamela Di Bin.

ADVIERTEN IRREGULARIDADES

Tras la liberación de los cinco efectivos, Pulso Noticias dialogó con Sergio Roldán, quien brindó algunos detalles y avisó que apelarán la decisión adoptada por el fiscal: “Nos sorprendió la decisión, fue a espaldas de nuestros peritos, se había firmado un acta en la que quedaba claro que no se iba a llegar todavía a ninguna conclusión porque faltaban elementos”.

Con el objetivo de contar con “informe médico legal integral” que permita “determinar etiología del deceso de quien en vida fuera Daiana Soledad Abregu”, el fiscal Juan Ignacio Calonje ordenó realizar un análisis de las dos autopsias hechas hasta el momento. Para este procedimiento nombró a peritos de la Policía Federal, pese a la oposición de la CPM quien había propuesto que el ateneo se realice en la Asesoría Pericial de la Justicia Nacional: “Habíamos pedido que el informe no lo llevara adelante la fuerza de seguridad, habíamos pensado como alternativa en los médicos de la UBA, porque son civiles”.

Además, Roldán advirtió que apelarán la decisión: “Se que nos jorobaron, nos sacaron un informe a espaldas nuestras, no condice con la realidad, vamos a apelar, vamos seguir remando en esta situación que es compleja”.

EL COMUNICADO DE LA CPM

Luego de conocerse la decisión de liberar a los policías acusados, la comisión provincial por la memoria emitió un comunicado donde se explayó en la misma línea que el abogado de la familia de Daiana Abregú:

Las sospechas planteadas por la CPM y la familia de Daiana al fiscal Juan Ignacio Calonje cuando encargó a la Policía Federal Argentina un informe pericial de las autopsias realizadas sobre el cuerpo de la joven se confirmaron: el ateneo se extralimitó en sus funciones y por lo tanto está viciado de nulidad, cometió errores groseros e interpretaciones estigmatizantes de la víctima y revalorizó y tomó por ciertas las diligencias y declaraciones de la propia policía investigada.

El fiscal, automáticamente y sin ningún análisis de la prueba, solicitó al juez de garantías de Olavarría Carlos Villamarín la libertad de los cinco policías, lo que se cumplió de inmediato. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y la familia de Daiana, que habían reclamado que el ateneo se realice en el Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, pedirán la nulidad de esta diligencia y su realización en la mencionada dependencia judicial. Los peritos de parte emitieron ya un informe en disidencia absoluta con lo realizado por la Policía Federal”.

Extralimitándose en las funciones asignadas, los peritos de la Policía Federal arriban a una serie de interpretaciones sin fundamentos para introducir la hipótesis del suicidio. En ese sentido, intentan analizar el estado anímico de Daiana en las horas previas a su muerte y llegan a la conclusión de que tenía una “personalidad anormal (erotomanía, tendencias obsesivas, tendencia a la agresividad, etc.), más aún reforzadas por el estado de intoxicación etílica”.

De esta manera, los peritos de la Policía Federal revalorizan las conclusiones del informe de Policía Científica perteneciente a la delegación Olavarría de la policía bonaerense, que fueron los que realizaron las primeras diligencias investigativas en la comisaría, incumpliendo con lo establecido en la Resolución N° 1390 de la Procuración General que manda apartar de la causa a la propia fuerza investigada.

Por otro lado los peritos nada analizan acerca de la forma en que fue realizada la primera autopsia y el incumplimiento del Protocolo de Minessotta, tomando sus conclusiones como válidas.

Por último, aún cuando quedaban tareas pendientes vinculadas a la pericia asignada, el cuerpo de peritos de la Policía Federal da por terminado el informe sin convocar ni dar traslado del informe a los peritos de parte que no pudieron acceder al mismo.

La CPM, que interviene como particular damnificado institucional en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, viene denunciando las acciones y omisiones del fiscal interviniente, destinadas a convalidar la actuación policial y consagrar su impunidad: mostró escasa celeridad y producción de pruebas adecuadas para la investigación de la causa, rechazó la realización de la segunda autopsia aplicando el Protocolo de Minesotta, rechazó el pedido de las partes para que en lugar de pedir a la Policía Federal el informe técnico se pida en el Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional y convalidó este ateneo pericial que se excedió en sus funciones, está viciado de nulidad y tiene un importante sesgo corporativo, para rápidamente liberar a los policías. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y la familia de Daiana pedirán inmediatamente la nulidad de esta diligencia y su realización en el cuerpo pericial de la mencionada dependencia judicial.

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