back to top
19.4 C
La Plata
miércoles 14 de octubre de 2026
OPINIÓN

“Necesidad y Urgencia”: régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio

Una mirada académica respecto del Decreto de Necesidad y Urgencia 62/2019, mediante el cual se crea el “Régimen procesal de la acción civil de extinción del dominio”.

Luego de que fuera anunciado por el Presidente de la Nación Mauricio Macri, este martes 22 de enero se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia 62/2019 mediante el cual se crea el “Régimen procesal de la acción civil de extinción del dominio”.

Esta normativa se decretó sorteando el mecanismo constitucional de formación y sanción de leyes. Por imperativo de nuestra Carta Magna el Poder Ejecutivo no puede legislar, solamente en casos de que circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites establecidos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia (exceptuándose la materia penal, tributaria, electoral o el régimen de partidos políticos). Por lo que cabe preguntarse cuál es la necesidad y urgencia, y como se verá más adelante, el texto normativo posee un alto grado de naturaleza penal.

TE PUEDE INTERESAR

En los considerando del Decreto se alude a la gravedad que implican los delitos contra la administración pública, el narcotráfico, la trata de personas, el terrorismo, y demás delitos graves que afectan el normal funcionamiento del Estado. Asimismo se citan los diferentes acuerdos internaciones sobre la materia aprobados en nuestro país. También se menciona la necesidad de que la Justicia se provea de herramientas que otorguen al sistema civil agilidad, celeridad y eficacia para dar respuestas a la sociedad.

Por otro lado, se menciona al proyecto de ley de extinción del dominio que se encuentra en trámite legislativo, remarcando que lleva más de DOS (2) años sin resolución, por lo que se considera que “urge otorgar a la Justicia herramientas eficaces para desfinanciar a las organizaciones criminales y resguardar el patrimonio estatal”. Y el Decreto añade como argumento el período actual de “receso legislativo”.

Sobre nada de ello estamos en desacuerdo, sino más bien coincidimos en todo. La corrupción y las diferentes formas de criminalidad organizada producen severos daños al Estado, impiden cumplir con sus fines básicos afectando sobre todo a los Derechos Humanos de los sectores más vulnerables. Pero en modo alguno, son argumentos que permitan vislumbrar necesidad y urgencia que justifique violar un pilar básico de la República como es la división de funciones de los poderes del Estado.

Principales lineamientos

Mediante el nuevo Régimen de Extinción de Dominio, se regula una acción civil de carácter patrimonial a través de la cual, “a raíz de la sospecha fundada sobre la comisión de un delito grave, el Estado cuestiona la titularidad de un bien cuando no se corresponde razonablemente con los ingresos de su tenedor, poseedor o titular, o representa un incremento patrimonial injustificado”. La finalidad de esta herramienta es “extinguir por vía de una acción civil el derecho sobre los bienes que hayan sido mal habidos por efecto de actos de corrupción o crimen organizado, a fin de recuperarlos en beneficio del conjunto de la sociedad”.

Según dispone el artículo 5 del decreto son susceptibles de ser sustraídos por el Estado aquellos bienes incorporados al patrimonio de un sujeto con posterioridad a la “presunta comisión del delito investigado”, que por no corresponderse razonablemente a los ingresos de su tenedor, poseedor o titular, o que represente un incremento patrimonial injustificado, “permitan considerar” que provienen directa o indirectamente de uno de los delitos enunciados.

El mencionado artículo no resiste el más mínimo análisis a la luz del principio de inocencia, que nos reza que solo una sentencia firme permite alterar el status de inocente de cualquier sujeto (arts. 18 y 19 de Constitución Nacional, y art. 8 inc. 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos), y en consecuencia soportar los efectos de la condena, como puede ser la pérdida del producto del delito. Quizás alguien sostenga que al ser una acción civil, no es menester considerar la sentencia en sede penal. Error. Ya que los bienes en cuestión deben ser producto de un delito, y sin sentencia penal, repito, no es posible saber si un sujeto lo ha cometido o no.

Pero ello no es todo, el artículo 4 va más allá violando el principio de culpabilidad, y permite que se ejerza la acción de extinción de dominio contra cualquier persona “se encuentre o no imputada en la investigación penal”.

El artículo 6 enumera los delitos sobre lo que los que procede la acción de extinción de dominio, entre los que encontramos los que emanan de la lay de Estupefacientes, Corrupción de Menores, Prostitución y Trata de Personas, delitos contra la Administración Pública, delitos contra el Orden Económico y Financiero, Asociación Ilícita, y delitos aduaneros. Me llama la atención como se dejaron fuera de este catálogo los delitos tributarios, considerando la afectación que provocan al erario público.

Se crea la “Procuraduría de Extinción de Dominio a favor del Estado Nacional”, quien en forma conjunta con el Ministerio Público Fiscal se arroga la exclusividad de legitimación para presentar demandas e impulsar las acciones que prevé el régimen. Si lo que se busca es transparencia y combatir la corrupción, ¿por qué privarnos a los ciudadanos de la facultad de ejercer esta acción? Demás está decir que el manejo de la Procuraduría estará a cargo de afines al Poder Ejecutivo en turno, lo cual nubla la idea de confianza y credibilidad. Me cuesta imaginar acciones de extinción de dominico contra funcionarios del arco político del gobierno que detente el mando.

Los fiscales intervinientes deberán informar a la Procuraduría las causas en las que pudieran existir bienes que, directa o indirectamente, provengan de alguno de los delitos enumerados el Decreto. Y a su vez, desde el organismo, se podrá requerirles a los fiscales que soliciten el dictado de medidas cautelar en aras de asegurar los fines de la acción extintora de dominio.

A este monopolio de poder cabe agregarle que con el solo requerimiento del Ministerio Público Fiscal, el juez competente “deberá” levantar el secreto fiscal, bancario, bursátil, y el secreto que deben guardar los funcionarios de la UIF, como así también podrá acceder a dicha información sobre quienes ingresaron al último “blanqueo de capitales” llamado “Régimen de Sinceramiento Fiscal”. Cabe aclarar, que una de las claves del éxito de los llamados blanqueos es la seguridad que tienen quienes acceden al mismo, de que su información personal será secreta y no dará lugar al ius persiguiendi estatal.

Cabe mencionar la aplicación en el tiempo del decreto, que por el art. 21 pretende ser sobre las causas en trámite, causando una grave afectación a la seguridad jurídica de la Republica y al principio de irretroactividad de la ley.

Se establece además una peculiar forma conciliatoria de clausura del proceso de extinción de dominio. En efecto, el artículo 10 expresa que “los representantes del ministerio público fiscal propenderán a alcanzar acuerdos de extinción de domino, siempre y cuando los activos involucrados resulten adecuados para compensar el detrimento patrimonial del Estado o el daño causado a la sociedad. Dichos acuerdo serán sometidos a la homologación judicial, y tendrá efecto de cosa juzgada”.

En primer orden, me cuesta imaginar cómo se podrá mensurar el daño causado a la sociedad si aún no sabemos si el demandado cometió algún delito, y en segundo lugar, me parece peligroso que el titular de la vindicta publica tenga facultades para “negociar” con el demandado, ya que independientemente de la inexistencia de sentencia penal, puede operar como un herramienta de coacción estatal. O también puede tener un efecto no querido, ya que si en sede civil se arriba a un acuerdo por determinado monto, y posteriormente en el ámbito penal se prueba un daño mayor sobre el mismo hecho, el Estado no podrá volver a discutir el acuerdo arribado dado que tendrá efecto de cosa juzgada.

Otra gravedad se presenta en la competencia, siendo la Justicia Federal la que deba intervenir. Supongamos que un funcionario provincial sustraiga caudales públicos de su administración, ¿por qué deben ingresar a las rentas de la Nación?

Y por último, resta añadir que se modifica el Código Civil y Comercial, que al igual que las cuestiones penales, están reservadas al Congreso Federal.

Conclusión

Estamos completamente de acuerdo en que existe la necesidad imperiosa de combatir el flagelo de la corrupción, que se requiere prevenir y sancionar este tipo de conductas, y que el daño se repara volviendo las cosas al estado anterior, esto es, recuperar o compensar lo sustraído al Estado.

“La lucha contra la corrupción está indisolublemente ligada al ejercicio y disfrute de los derechos humanos. La impunidad fomenta y perpetúa los actos de corrupción. Por lo tanto, el establecimiento de mecanismos efectivos para erradicar la corrupción es una obligación urgente para lograr un acceso efectivo a una justicia independiente e imparcial y para garantizar los derechos humanos” (Resolución 1/17 de la CIDH).

Pero el camino debe ser por los carriles indicados en la Constitución Nacional y respetando las garantías más elementales.

En este caso la figura tratada no es nueva en el derecho comparado ni es una herramienta inadecuada. Sino más bien, se presenta como una vía posible para recuperar lo que es de todos. Pero en primer lugar debe tener origen en el Congreso Federal, y por otro lado, ser respetuosa del principio de inocencia, entre otros. Para ello algunos doctrinarios recomiendan aguardar la sentencia penal en primera instancia, y otros sugieren al menos obtener un grado importante de certeza probatoria durante el proceso penal.

Otra solución, es trabajar y/o mejorar el instituto del decomiso, que está regulado en nuestro Código Penal. En este sentido, el art. 23 del Código Penal, reza lo siguiente “En todos los casos en que recayese condena por delitos previstos en este Código o en leyes penales especiales, la misma decidirá el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito, en favor del Estado nacional, de las provincias o de los municipios, salvo los derechos de restitución o indemnización del damnificado y de terceros”.

Y asimismo expresa, “el juez podrá adoptar desde el inicio de las actuaciones judiciales las medidas cautelares suficientes para asegurar el decomiso del o de los inmuebles, fondos de comercio, depósitos, transportes, elementos informáticos, técnicos y de comunicación, y todo otro bien o derecho patrimonial sobre los que, por tratarse de instrumentos o efectos relacionados con el o los delitos que se investigan, el decomiso presumiblemente pueda recaer. El mismo alcance podrán tener las medidas cautelares destinadas a hacer cesar la comisión del delito o sus efectos, o a evitar que se consolide su provecho o a obstaculizar la impunidad de sus partícipes. En todos los casos se deberá dejar a salvo los derechos de restitución o indemnización del damnificado y de terceros”.

Como se observa, la norma faculta al juez a adoptar medidas cautelares -durante el proceso y antes del dictado de la sentencia- que permitan asegurar en poder del Estado, el objeto producto del ilícito. Resguardando eventualmente la restitución.

Cual sea la solución que se adopte debe ser producto del consenso de nuestros representes, y en dirección armónica con la premisas que emanan de nuestro bloque constitucional.

*El autor es Abogado, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de La Plata.

TE PUEDE INTERESAR

Últimas Noticias

Sor Ludovica, muy cerca de recibir el Doctorado Honoris Causa de la UNLP

La Facultad de Ciencias Médicas aprobó distinguir de forma póstuma a la religiosa que dedicó 54 años al Hospital de Niños. La histórica propuesta fue impulsada por la comunidad médica y académica, y aguarda por la ratificación del Consejo Superior

Paritarias bonaerenses: La Provincia convocó a estatales y docentes para retomar la negociación

El gobierno de Axel Kicillof retomará este viernes la negociación salarial a contrarreloj, con las liquidaciones de sueldos de octubre cerca de cerrarse.

San Martín midió el impacto de la crisis: 12% de desempleo y más hogares endeudados

La segunda Encuesta Municipal de Población registró un 12% de desocupación, un 43,8% de pobreza y un aumento del endeudamiento familiar en el distrito.

La Justicia absolvió a dirigentes de Camioneros acusados por Arietto de bloquear a una distribuidora en San Pedro

El juez consideró que las protestas fueron un ejercicio legítimo de la huelga y descartó la extorsión contra Rey Distribución.

La UCALP moderniza Periodismo con foco en inteligencia artificial y digitalización

El Consejo Superior aprobó un plan de estudios ágil para la Licenciatura en Periodismo y Comunicación Social. Con materias sobre streaming, IA y periodismo de investigación, la carrera sumará un título intermedio al tercer año de cursada.

Crece el repudio a Massaccesi por sus dichos sobre Videla y el documental que prepara

Sus declaraciones en el programa de Pergolini generaron críticas desde organismos de derechos humanos y referentes que cuestionaron el enfoque de su investigación.

Escándalo por humanizar a Videla en la TV: ¿existe algún ‘lado bueno’ en un dictador genocida?

Mario Massaccesi con Pergolini en Canal 13 trató de 'presidente' al dictador Videla, hace un documental sobre él con algún costado "bueno", y la gente estalló en duros repudios en redes por intentar "lavar la imagen del asesino"

Aparecen en un altillo cintas perdidas de los Redondos de 1985, ahora restauradas en 4K

Las filmaciones en Súper 8 de un recital en Paladium viajaron a Madrid y volvieron en 4K. El teaser de “Buscando a Patricio Rey” muestra al Indio Solari y el backstage

Geometría de la mirada: ¿cómo combinar tamaño, resolución y distancia para trabajar sin fatiga visual?

La elección de una pantalla de escritorio no puede tomarse como un simple trámite estético o una compra impulsiva.

La Plata Sport celebra un año de cultura urbana con su sexta gran edición

El festival que combina moda callejera, música y conversatorios festeja su primer aniversario este domingo 11 de octubre. La cita será a las 17 en Ciudad de Gatos con más de cincuenta feriantes, pasarela de outfits y referentes del hip hop.

Judiciales y Policiales

La maldición de un buque pesquero: dos marineros muertos en menos de tres meses

Alejandro Silva sufrió un accidente con un portón del aparejo de pesca mientras trabajaba a bordo del pesquero. Es la segunda muerte de un tripulante en la misma embarcación desde julio.

Incendio en una escuela de La Plata causa momentos de tensión y evacuados

Se desplegó un fuerte operativo en la Escuela Media N° 31 por un foco de incendio en el salón de actos. Bomberos, policía y Guardia Urbana trabajaron en el lugar. Docentes confirmaron que la totalidad de los alumnos fueron evacuados y están a salvo.

Lo engancharon justo: un chofer de colectivo dio positivo de alcoholemia antes de salir hacia Mar del Plata

Tenía 1,06 gramos de alcohol por litro de sangre cuando estaba por salir con pasajeros desde Liniers. Lo apartaron antes de que comenzara el viaje. En otros operativos detectaron conductores con registros aún más altos y hasta un micro que debía trasladar a 48 estudiantes.

Conmoción en Lomas de Zamora: una persecución policial causó la muerte de un nene de dos años

Un patrullero que perseguía a una moto chocó contra el Dodge 1500 en el que viajaba el chico

Indignación en Los Hornos por el envenenamiento de cuatro perros en un basural

Aparecieron muertos en 152 y 79. Vecinos sospechan de un ataque intencional y buscan al responsable. El desgarrador testimonio de una frentista reflejó la tristeza del barrio: “Los que mataron a los perros no tienen corazón”.

Sociedad

“Evolución posoperatoria normal”: cómo sigue la salud del papa León XIV tras la intervención

El Vaticano publicó un nuevo parte médico del papa León XIV luego de que lo operaran de un pulmón. Cuál es su estado de salud.

La invasión silenciosa: 29 moluscos sudamericanos conquistan las aguas y tierras del planeta

Investigadores del Museo de la UNLP y Conicet trazaron el mapa global de una amenaza silenciosa: moluscos sudamericanos colonizan 11 regiones del planeta, alterando ecosistemas locales y obstruyendo tomas de agua y centrales de energía.

Bajo la amenaza de El Niño: la tregua del río Uruguay en Concordia y el operativo para evacuar “en seco”

El periodista Federico Gularte contó en "Palabras más, palabras menos" sobre la situación de Concordia tras las inundaciones que esta sufriendo la provincia.

“Chicos endeudados de conocimientos”: el desfasaje en las aulas tras las reformas al régimen académico

Con el nuevo sistema de intensificación, alumnos deben interrumpir su jornada para recursar materias de años anteriores. Radiografía del desfinanciamiento y el temor a recortes en las materias artísticas

Maternar en crisis: por qué cae la natalidad y cuál es la penalización económica para las mujeres

Entre la caída del 47% en la natalidad y la desigualdad laboral, en LA CIELO se analizó la crisis del cuidado a través del ejemplo de famosas como La Joaqui, quienes utilizan su voz pública para romper el silencio sobre la crianza en soledad y la violencia.

CieloSports

El tremendo historial de Rossi enfrentando a Estudiantes y la provocación del Fla con la imagen del arquero a horas de la semi

El argentino volverá este jueves a UNO para medirse con el Pincha. Repasá sus números ante el León, con quien no pierde desde 2021. Y el picante posteo del equipo carioca en sus redes...

Equipo ratificado: los 11 de Gimnasia para enfrentar a Huracán en el Ducó

Pereyra volvió a probar con cinco variantes en la última práctica antes del duelo ante el Globo y ya tiene todo definido...

La modificación que tuvo que hacer Racing para que Chirola Romero pueda dirigir el clásico contra Independiente

El ex DT de Gimnasia estará al frente de Racing cuando se mida con el Rojo el próximo domingo. Sin embargo, en la previa hubo que hacer variantes en su vínculo con la Academia. Los detalles...

Estudiantes, River y una reunión que puede desprender una serie de acuerdos más allá de las diferencias con AFA

El encuentro entre Verón y Di Carlo trajo varias posibilidades a futuro para que ambos clubes saquen réditos muy interesantes. El detalle.

Legado Gimnasista volvió a pedir por el cambio de estatuto en Gimnasia

La agrupación presentó un proyecto en mesa de entrada apelando a una parte de la plataforma electoral que el propio Anacleto había apoyado. La postura de la CD.

Copyright 2026 © Infocielo - Todos los derechos reservados Cielo Platense SRL Dirección: Avenida 532 689, La Plata, Buenos Aires, Argentina - Teléfono: (54) 0221 4290555 Director Responsable: Guillermo Raúl Montes - Director Ejecutivo: Martín Manuel Montes Registro DNDA Nº RL-2022-97233913-APN-DNDA#MJ Nº de edición: 8360