Pasa en un segundo. Un golpe seco en una calle de La Plata, el volante que tira para un costado y el taller que, días después, devuelve un presupuesto con la palabra “tren delantero” y un número que no estaba en el plan económico del mes.
Con el estado actual de las calles, la escena se repite: vecinos de 15 entre 66 y 67 cuentan roturas de llantas y neumáticos por un pozo con bordes de hormigón, y en 493 entre 16 y 16 bis, en Gonnet, aseguran que “al menos dos vehículos se rompieron”.
La pregunta que viene después es siempre la misma: ¿se le puede reclamar al Municipio? La respuesta corta es que sí, y que en La Plata hay un fallo que lo confirma. La larga es menos cómoda: el resultado depende mucho más de la prueba que de la razón, y el expediente más parecido que se pudo relevar tardó cuatro años y medio en llegar a sentencia.
El antecedente que más se parece
El caso se conoce como “Álvarez c/ Municipalidad de La Plata”. Un automovilista circulaba por la calle 69, en el sentido de 13 a 12, cuando su auto cayó en un bache del adoquinado. Según la demanda, el golpe destruyó las dos parrillas de suspensión, una cazoleta, el amortiguador izquierdo, un soporte de motor y la caja de dirección hidráulica. Reclamó $9.060 de aquel momento, más intereses y costas.
La Municipalidad contestó con un argumento que se escucha en todos los juicios de este tipo: que el conductor no vio el bache por la velocidad o por no llevar las luces reglamentarias, y que un pozo en la calle “no resulta invisible para el hombre común“.
El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata no lo aceptó. El 10 de junio de 2014 condenó al Municipio a pagar $7.000 más intereses, tras considerar probado el mal estado de la calzada y el incumplimiento de la obligación de mantenerla en condiciones. El accidente había ocurrido el 28 de diciembre de 2009.
Hay un dato para leer con cuidado: el juez concedió alrededor del 77% de lo reclamado, no todo. Y la sentencia es anterior a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial (agosto de 2015), así que hoy el marco legal es otro, aunque el núcleo del razonamiento (la calle es del Estado y mantenerla es su tarea) se sostiene en fallos más recientes.
Qué otros casos hay en La Plata
Ciclista, 78 y 115. El 18 de marzo de 2005 una mujer cayó de su bicicleta cuando la rueda quedó trabada en una boca de tormenta con la tapa desplazada.
En noviembre de 2025 la primera instancia condenó a la Municipalidad a pagarle $11.800.000 más intereses, y en agosto de 2026, la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata lo confirmó, con costas a cargo del Municipio.
Pasaron más de 20 años del hecho. La Comuna alegó que no estaba probado cómo se encontraba la calle, que no había testigos presenciales y que la pericia se hizo mucho tiempo después. La Cámara lo rechazó porque el perito pudo cruzar las tapas observadas con el croquis que la Policía había hecho el mismo día.
Los jueces destacaron además que, durante el juicio, el propio Municipio informó que cuando detecta una tapa rota o faltante debe señalizarla de inmediato y reemplazarla en 48 horas.
Peatón en City Bell. Otro expediente, “Revainera c/ Municipalidad de La Plata”, tuvo como protagonista a un hombre lesionado mientras caminaba por la calle 7 bis, entre 470 y 471, en City Bell. Llegó a la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo en marzo de 2015 con una condena de primera instancia.
Un reclamo que se cayó. El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata rechazó en septiembre de este 2026 la demanda de un automovilista que aseguró que un pozo en la autopista le había roto dos ruedas.
No era contra el Municipio sino contra la concesionaria estatal y su aseguradora, pero sirve de espejo: el fallo señaló carencias de prueba sobre los hechos básicos y puso las costas a cargo del demandante.
El camino para armar la demanda paso a paso
1. En el lugar. Fotos y video con la ubicación y la altura exacta (calle, entre qué calles), del pozo y del auto. Si hay testigos, nombres y teléfonos. Si interviene la Policía o Defensa Civil, que quede un acta. Si hace falta grúa o auxilio mecánico, que quede el registro de quién lo hizo. Un acta de escribano es un gasto, pero es la prueba más difícil de discutir.
2. Antes de arreglar el auto. Presupuesto detallado del taller y, si es posible, que un mecánico deje por escrito que la rotura es compatible con el golpe contra un bache. Conviene guardar los repuestos reemplazados y las facturas.
3. Dejar rastro del reclamo. Un reclamo al 147, una nota formal o una carta documento al Municipio sirven para acreditar que el bache existía y que alguien avisó. En el caso Álvarez el conductor reclamó ante la Municipalidad antes de demandar. Según la normativa procesal bonaerense (Ley 12.008), contra las vías de hecho se puede ir directamente a la justicia sin reclamo administrativo previo; igual siempre es necesario que un abogado confirme que elemento corresponde en cada caso.
4. La demanda. Va al fuero contencioso administrativo. No hace falta pasar por mediación obligatoria, porque la ley provincial exceptúa las causas donde el Municipio es parte. Quien reclama tiene que probar el hecho, el daño, la relación entre ambos y por qué responde el Municipio.
5. El plazo. La prescripción es de tres años. El reloj corre desde el golpe, no desde que el taller entrega el presupuesto.
Cómo se pierde un juicio por un bache
Los fallos relevados por Infocielo dejan un patrón. Se pierde cuando:
- La única prueba es la palabra del conductor. Fue lo que pesó en el caso de la autopista.
- Las fotos no muestran el lugar ni la fecha. Sin ubicación exacta, el Municipio puede decir que ese pozo no estaba ahí.
- Se repara todo y no queda nada. Si el pozo se tapa y el auto se arregla sin constancias, la pericia llega años después a reconstruir un hecho que ya no existe, como pasó en el caso de la ciclista, que se salvó porque había un croquis policial del mismo día.
- Se deja pasar el tiempo. Tres años no es mucho cuando hay que juntar papeles.
- Hay un daño que no se puede atar al golpe. El rubro que no tenga relación demostrable con el impacto se cae, y puede ser la diferencia entre lo que se pidió y lo que se cobra.
- El Municipio puede decir que el conductor tuvo la culpa. Fue su defensa en Álvarez: velocidad y luces. Un testigo o un acta que muestre que se circulaba con normalidad ayuda.
¿Vale la pena por un tren delantero?
Depende de la cuenta. Del lado de la demanda hay tiempo (4,5 años en Álvarez, más de 20 en el caso de la ciclista) y el riesgo de las costas: en el reclamo de la autopista las pagó el automovilista, y en el de la ciclista las pagó el Municipio.
También están los honorarios de un abogado por un caso de estas características. No hay estadísticas públicas confiables de cuántas demandas por baches se ganan y cuantas se pierden en La Plata. Lo que se ve en los fallos es que los reclamos que prosperaron tienen respaldo documental, y los que fracasaron tienen el relato de quien los inicia.
Hay un detalle más para quien piensa en reclamar: se supo que el Municipio daría a conocer la semana próxima un nuevo plan de bacheo. Si el pozo donde se rompió el auto está en la lista y se rellena antes de que se deje constancia del estado en que estaba, esa prueba se pierde. Las fotos tienen que estar antes.


